lunes, 28 de diciembre de 2009

Minería contaminante ¿Sabés lo que es?



HACÉLO CIRCULAR POR AMOR A LA PATRIA, A LA HUMANIDAD, A TUS HIJOS Y A
VOS MISMO!


http://www.youtube.com/watch?v=MHuLPLWCGoc

para entrar a la página de conciencia solidaria:
www.concienciasolidaria.com.ar

para sumar tu firma:
http://petitorio.noalamina.org/

jueves, 24 de diciembre de 2009

¡Feliz Navidad!

Luz, Celebración, Amor y Paz para todos!

¡¡¡FELICIDADES!!!

domingo, 20 de diciembre de 2009

"Tenemos el instinto de proteger a nuestra cría"


Nota de Luis Aubele para el Diario La Nación de Hoy



"Personalmente creo que todas las formas de violencia tienen su origen en una carencia materna, falta de atención, calidez, amor, brazos, generosidad, paciencia, comprensión, leche, cuerpo, miradas, sostén", reflexiona Laura Gutman, terapeuta familiar y escritora.


En nuestro mundo civilizado, "la madre vive tironeada por dos fuerzas poderosas: lo que ella siente y lo que debe hacer. Lo primero es el instinto materno, la sabiduría interior, que es guiada por la intuición. En cambio, lo segundo es el mandato exterior, la manera de cómo hay que hacer las cosas; lo que se entiende por correcto", agrega.


Gutman es autora de varios libros sobre temas que la apasionan, entre otros, la maternidad, el desamparo emocional, el estrés en los chicos y la sabiduría interior. Su última obra, Mujeres visibles, madres invisibles , es una recopilación de artículos publicados en medios especializados de la Argentina y España. Dirige Crianza, institución con sede en Buenos Aires que cuenta con una escuela de capacitación y un equipo de profesionales para asistir a madres y padres.


"La llegada de un bebe crea un encadenamiento de maltratos históricos. Primero nace un chico en una institución médica poco acogedora: fría, sin calidez y donde es sometido a una serie de torturas que dentro de unos años estarán prohibidas por ley. Sondas por todas partes, es rasurado, estirado para ser medido, cuando nada de todo esto es necesario, cuando todo lo que necesita el recién nacido es estar en el mejor lugar posible: el pecho de su madre. Pero cuando las cosas son así, generalmente, el maltrato del bebe se encuentra con otro encadenamiento, el de su madre que también fue maltratada. El parto no es una enfermedad para curar: es el pasaje a otra dimensión. Es importante aclarar que las mujeres no sufrimos a causa de las contracciones. Sufrimos si estamos solas, humilladas, desprotegidas, atemorizadas", apunta Gutman.


-¿Qué es lo que quiere la madre?


-La madre quiere tener a su bebe sobre su pecho, ¡y que no se vaya! Que es lo natural, lo lógico: lo que también espera el bebe que estuvo durante nueve meses en el cuerpo de su madre, cuidado, alimentado. El espera que ese estado continúe. Sin embargo, el mandato exterior sostiene que lo sano es quitárselo a su madre, llevárselo únicamente para mamar. Dejarlo que llore y llore así se acostumbra a dormir solo. Si pudiéramos preguntarle a una madre del reino animal si al cachorro hay que dejarlo solo no entendería, porque si lo deja solo se lo comen los predadores. Hay que recordar que en la especie humana la madurez es un proceso sumamente lento que dura hasta los 21 años, que no se puede resolver en tres días. Hay muchas cosas que algún día parecerán absurdas?


-¿Por ejemplo?


-Las lobas, perras, gatas, vacas, focas, elefantas, leonas, jirafas, zorras y nosotras las humanas tenemos algo en común: el instinto de proteger a nuestra cría. Pero si a una gata o una perra, por dar un ejemplo, le tocan un cachorro lo deja. Porque está impregnado de un olor ajeno y ellas reconocen al cachorro por el olor. Nosotras también somos especialmente sensibles y si algo se interpone entre nosotras y nuestros cachorros después del parto perdemos el olfato que los hace absolutamente reconocibles como propios. En nuestro mundo civilizado, cuando una mujer da a luz, no puede oler de inmediato a su hijo. Se lo llevan para devolvérselo más tarde bañado y con olor a perfume, y la madre tiene que hacer un esfuerzo intelectual para reconocerlo como propio.


-¿Cuál es la reacción del bebe?


-El chico sufre mucho y trata de alertar a los seres de los que espera protección y afecto sobre el maltrato. Entonces, si no obtiene respuesta, organiza un sistema de supervivencia para llamar la atención: llora, se brota o se deprime, y en casos muy extremos puede llegar a morir. Muchas veces las madres siguen tan atadas al mandato exterior que parecen ignorar la situación. Posiblemente porque intuyen que si tratan de conectarse con lo profundo, con el corazón del bebe, también entrarán en contacto con su propio dolor.


-¿Una reflexión sobre la Navidad?


-Sí, claro, (abre un ejemplar de su último libro y lee): "Cada mes de diciembre compartimos el ritual de recordar una vivencia sencilla y extraordinaria: la historia de una madre que atravesó su parto en medio de la naturaleza, entre sus cabras, sus asnos y sus bueyes, amparada por un hombre llamado José. Según algunos textos, José partió en busca de la partera pero cuando ésta llegó, Jesús ya había nacido. La mujer al mirar la escena exclamó: Ese niño que apenas nacido ya toma el pecho de su madre, se convertirá en un hombre que juzgará según el amor y no según la ley . Esa preciosa criatura fue recibida en una atmósfera sagrada, con el calor del establo y bajo el éxtasis de la mirada amorosa de su madre. Dos mil años más tarde aún estamos festejando el nacimiento de un niño en buenas condiciones y reverenciando el milagro de la vida".

sábado, 19 de diciembre de 2009

Toallas femeninas

Nota de Andrea del blog Alitas de Dragón.

Con alas, sin alas, con desodorante o sin él. También se las llama protectores femeninos. Siempre parece haber alguna novedad que mejora nuestras menstruaciones (incluso los demás días, con los "protectores diarios"). Las usé desde los 12 años y mi mamá me decía "qué suerte tenés, en mi época no había y teníamos que usar algodón". Era así, había que usarlas, era eso o la antihigiene, el atraso...

Y eso me lleva a la percepción que nos enseñaron a tener de nuestras menstruaciones. Hay definiciones científicas que nos pueden ayudar a pensar en nuestras menstruaciones sin tanto apasionamiento -claro que tenemos que apropiarnos de ellas, si no será como algo que dice otro sobre nosotras. Y también hay dichos, historias, cuentos que nos sirven para compartir lo que nos pasa durante la menstruación con otras mujeres. Son decires, son subjetivos, bienes de nuestro imaginario colectivo, pueden compartirse y no son dogmas. Si una cultura valoriza lo femenino, probablemente estos sangrados cíclicos serán vividos con naturalidad, no habrá nada que ocultar. Si una cultura pretende encorsetar a las mujeres en una función dentro del espacio social reducido, la menstruación será algo a ocultar... o a comercializar.

Las maneras de "mantener controlada la sangre" se remontan muy atrás en la historia, usándose materiales como algodón, papiro, lino, y seguramente, otros, para captar la hemorragia de "esos días". La historia de las toallas femeninas modernas se remonta a la 1ra guerra mundial, para las curaciones de las heridas el personal sanitario usaba algodón extra-absorbente, y las enfermeras comenzaron a utilizarlo, y descartarlo rápidamente... no había tiempo de lavarlos, era necesario atender heridos... ¿me parece a mí o varios inventos que nos resuelven la vida surgieron en alguna guerra?... en fin... hoy tenemos publicidades de toallas femeninas cuyas protagonistas son mujeres jóvenes que tienen que seguir con sus vidas sin que se note que están menstruando.

Además, la menstruación -y sus vergüenzas - se han convertido en un buen negocio (una mujer puede usar en su vida entre 13.000 a 16.000 unidades, y no calculé los protectores diarios)... pero, ¿qué impacto ambiental tendrá este negocio?... Papelera del Plata, Always, Kotex, Tampax, Unilever, Johnson and Son y otras producen apósitos descartables hechos de fibra de celulosa y polipropileno o polietileno. Todas tienen algún impacto sobre el ambiente y las personas... Papelera del Plata tiene plantaciones forestales en Misiones y Corrientes, recicla papel de diario y cartón, los recolectores no están de acuerdo con la retribución; Always, Tampax, J&S, Unilever testean sus productos en animales, la retribución que reciben algunos de los empleados es baja comparada con el costo de venta de los productos que comercializan. Las toallitas se blanquearían con cloro, y si bien el enjuague que se realiza eliminaría la mayor cantidad de contaminantes de ellas, los órganoclorados son vertidos al ambiente, estos productos son estables (es decir son resistentes a la degradación física y química, también a la degradación biológica), solubles en grasas y tienden a acumularse en tejidos animales. Quiero hacer una aclaración, las toallas o tampones no contendrían cantidades de clorados que causen toxicidad ni tienen asbestos según diferentes agencias gubernamentales, hasta no tener datos confiables no necesitamos "agregar" peligros a los ya existentes. Aún así estas sustancias son tóxicas para nosotros y su vertido al ambiente no está exento de peligro. El propileno y polietileno tardan décadas en degradarse si son arrojados al ambiente, pueden reciclarse aunque tendría algunas dificultades.

Estas son las toallitas que hice siguiendo las instrucciones de Luna Roja.
Son cómodas y lavarlas no es distinto que lavar una bombacha... además son fáciles de hacer, son personales (las hacés de acuerdo a la cantidad de flujo y los materiales que elegís) y, haciendo honor a los ciclos, las podemos usar una y otra vez.

martes, 15 de diciembre de 2009

Ley 26.529 – SALUD PUBLICA – Derechos del Paciente en su Relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud

Acaba de ser promulgada la ley 26.529, que cambia de lleno el ejercicio profesional.
El no cumplimiento de estos articulos convierte al acto medico en ilegal , aun a pesar de un buen resultado.
Hay noventa dias para su puesta en marcha.
Todos los profesionales de la salud tienen que conocerla, porque actuar en contra de esta ley devendrá en una sanción grave.


SALUD PUBLICA

Ley 26.529
Derechos del Paciente en su Relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud.

Sancionada: Octubre 21 de 2009

Promulgada de Hecho: Noviembre 19 de 2009

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

DERECHOS DEL PACIENTE, HISTORIA CLINICA Y CONSENTIMIENTO INFORMADO

ARTICULO 1º — Ambito de aplicación. El ejercicio de los derechos del paciente, en cuanto a la autonomía de la voluntad, la información y la documentación clínica, se rige por la presente ley.

Capítulo I. DERECHOS DEL PACIENTE EN SU RELACION CON LOS PROFESIONALES E INSTITUCIONES DE LA SALUD

ARTICULO 2º — Derechos del paciente. Constituyen derechos esenciales en la relación entre el paciente y el o los profesionales de la salud, el o los agentes del seguro de salud, y cualquier efector de que se trate, los siguientes:

a) Asistencia. El paciente, prioritariamente los niños, niñas y adolescentes, tiene derecho a ser asistido por los profesionales de la salud, sin menoscabo y distinción alguna, producto de sus ideas, creencias religiosas, políticas, condición socioeconómica, raza, sexo, orientación sexual o cualquier otra condición. El profesional actuante sólo podrá eximirse del deber de asistencia, cuando se hubiere hecho cargo efectivamente del paciente otro profesional competente;

b) Trato digno y respetuoso. El paciente tiene el derecho a que los agentes del sistema de salud intervinientes, le otorguen un trato digno, con respeto a sus convicciones personales y morales, principalmente las relacionadas con sus condiciones socioculturales, de género, de pudor y a su intimidad, cualquiera sea el padecimiento que presente, y se haga extensivo a los familiares o acompañantes;

c) Intimidad. Toda actividad médico – asistencial tendiente a obtener, clasificar, utilizar, administrar, custodiar y transmitir información y documentación clínica del paciente debe observar el estricto respeto por la dignidad humana y la autonomía de la voluntad, así como el debido resguardo de la intimidad del mismo y la confidencialidad de sus datos sensibles, sin perjuicio de las previsiones contenidas en la Ley Nº 25.326;

d) Confidencialidad. El paciente tiene derecho a que toda persona que participe en la elaboración o manipulación de la documentación clínica, o bien tenga acceso al contenido de la misma, guarde la debida reserva, salvo expresa disposición en contrario emanada de autoridad judicial competente o autorización del propio paciente;

e) Autonomía de la Voluntad. El paciente tiene derecho a aceptar o rechazar determinadas terapias o procedimientos médicos o biológicos, con o sin expresión de causa, como así también a revocar posteriormente su manifestación de la voluntad. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a intervenir en los términos de la Ley Nº 26.061 a los fines de la toma de decisión sobre terapias o procedimientos médicos o biológicos que involucren su vida o salud;

f) Información Sanitaria. El paciente tiene derecho a recibir la información sanitaria necesaria, vinculada a su salud. El derecho a la información sanitaria incluye el de no recibir la mencionada información.

g) Interconsulta Médica. El paciente tiene derecho a recibir la información sanitaria por escrito, a fin de obtener una segunda opinión sobre el diagnóstico, pronóstico o tratamiento relacionados con su estado de salud.

Capítulo II. DE LA INFORMACION SANITARIA

ARTICULO 3º — Definición. A los efectos de la presente ley, entiéndase por información sanitaria aquella que, de manera clara, suficiente y adecuada a la capacidad de comprensión del paciente, informe sobre su estado de salud, los estudios y tratamientos que fueren menester realizarle y la previsible evolución, riesgos, complicaciones o secuelas de los mismos.

ARTICULO 4º — Autorización. La información sanitaria sólo podrá ser brindada a terceras personas, con autorización del paciente.
En el supuesto de incapacidad del paciente o imposibilidad de comprender la información a causa de su estado físico o psíquico, la misma será brindada a su representante legal o, en su defecto, al cónyuge que conviva con el paciente, o la persona que, sin ser su cónyuge, conviva o esté a cargo de la asistencia o cuidado del mismo y los familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad.

Capítulo III. DEL CONSENTIMIENTO INFORMADO

ARTICULO 5º — Definición. Entiéndese por consentimiento informado, la declaración de voluntad suficiente efectuada por el paciente, o por sus representantes legales en su caso, emitida luego de recibir, por parte del profesional interviniente, información clara, precisa y adecuada con respecto a:

a) Su estado de salud;
b) El procedimiento propuesto, con especificació n de los objetivos perseguidos;
c) Los beneficios esperados del procedimiento;
d) Los riesgos, molestias y efectos adversos previsibles;
e) La especificació n de los procedimientos alternativos y sus riesgos, beneficios y perjuicios en
relación con el procedimiento propuesto;
f) Las consecuencias previsibles de la no realización del procedimiento propuesto o de los alternativos especificados.

ARTICULO 6º — Obligatoriedad. Toda actuación profesional en el ámbito médico-sanitario, sea público o privado, requiere, con carácter general y dentro de los límites que se fijen por vía reglamentaria, el previo consentimiento informado del paciente.

ARTICULO 7º — Instrumentació n. El consentimiento será verbal con las siguientes excepciones, en los que será por escrito y debidamente suscrito:

a) Internación;
b) Intervención quirúrgica;
c) Procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasivos;
d) Procedimientos que implican riesgos según lo determine la reglamentació n de la presente ley; e) Revocación.

ARTICULO 8º — Exposición con fines académicos. Se requiere el consentimiento del paciente o en su defecto, el de sus representantes legales, y del profesional de la salud interviniente ante exposiciones con fines académicos, con carácter previo a la realización de dicha exposición.

ARTICULO 9º — Excepciones al consentimiento informado. El profesional de la salud quedará eximido de requerir el consentimiento informado en los siguientes casos:

a) Cuando mediare grave peligro para la salud pública;
b) Cuando mediare una situación de emergencia, con grave peligro para la salud o vida del paciente, y no pudiera dar el consentimiento por sí o a través de sus representantes legales.

Las excepciones establecidas en el presente artículo se acreditarán de conformidad a lo que establezca la reglamentació n, las que deberán ser interpretadas con carácter restrictivo.

ARTICULO 10. — Revocabilidad. La decisión del paciente o de su representante legal, en cuanto a consentir o rechazar los tratamientos indicados, puede ser revocada. El profesional actuante debe acatar tal decisión, y dejar expresa constancia de ello en la historia clínica, adoptando para el caso todas las formalidades que resulten menester a los fines de acreditar fehacientemente tal manifestación de voluntad, y que la misma fue adoptada en conocimientos de los riesgos previsibles que la misma implica.
En los casos en que el paciente o su representante legal revoquen el rechazo dado a tratamientos indicados, el profesional actuante sólo acatará tal decisión si se mantienen las condiciones de salud del paciente que en su oportunidad aconsejaron dicho tratamiento. La decisión debidamente fundada del profesional actuante se asentará en la historia clínica.

ARTICULO 11. — Directivas anticipadas. Toda persona capaz mayor de edad puede disponer directivas anticipadas sobre su salud, pudiendo consentir o rechazar determinados tratamientos médicos, preventivos o paliativos, y decisiones relativas a su salud. Las directivas deberán ser aceptadas por el médico a cargo, salvo las que impliquen desarrollar prácticas eutanásicas, las que se tendrán como inexistentes.

Capítulo IV. DE LA HISTORIA CLINICA

ARTICULO 12. — Definición y alcance. A los efectos de esta ley, entiéndase por historia clínica, el documento obligatorio cronológico, foliado y completo en el que conste toda actuación realizada al paciente por profesionales y auxiliares de la salud.

ARTICULO 13. — Historia clínica informatizada. El contenido de la historia clínica, puede confeccionarse en soporte magnético siempre que se arbitren todos los medios que aseguren la preservación de su integridad, autenticidad, inalterabilidad, perdurabilidad y recuperabilidad de los datos contenidos en la misma en tiempo y forma. A tal fin, debe adoptarse el uso de accesos restringidos con claves de identificació n, medios no reescribibles de almacenamiento, control de modificación de campos o cualquier otra técnica idónea para asegurar su integridad.
La reglamentació n establece la documentación respaldatoria que deberá conservarse y designa a los responsables que tendrán a su cargo la guarda de la misma.

ARTICULO 14. — Titularidad. El paciente es el titular de la historia clínica. A su simple requerimiento debe suministrársele copia de la misma, autenticada por autoridad competente de la institución asistencial. La entrega se realizará dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de solicitada, salvo caso de emergencia.

ARTICULO 15. — Asientos. Sin perjuicio de lo establecido en los artículos precedentes y de lo que disponga la reglamentació n, en la historia clínica se deberá asentar:

a) La fecha de inicio de su confección;
b) Datos identificatorios del paciente y su núcleo familiar;
c) Datos identificatorios del profesional interviniente y su especialidad;
d) Registros claros y precisos de los actos realizados por los profesionales y auxiliares intervinientes;
e) Antecedentes genéticos, fisiológicos y patológicos si los hubiere;
f) Todo acto médico realizado o indicado, sea que se trate de prescripción y suministro de medicamentos, realización de tratamientos, prácticas, estudios principales y complementarios afines con el diagnóstico presuntivo y en su caso de certeza, constancias de intervención de especialistas, diagnóstico, pronóstico, procedimiento, evolución y toda otra actividad inherente, en especial ingresos y altas médicas.

Los asientos que se correspondan con lo establecido en los incisos d), e) y f) del presente artículo, deberán ser realizados sobre la base de nomenclaturas y modelos universales adoptados y actualizados por la Organización Mundial de la Salud, que la autoridad de aplicación establecerá y actualizará por vía reglamentaria.

ARTICULO 16. — Integridad. Forman parte de la historia clínica, los consentimientos informados, las hojas de indicaciones médicas, las planillas de enfermería, los protocolos quirúrgicos, las prescripciones dietarias, los estudios y prácticas realizadas, rechazadas o abandonadas, debiéndose acompañar en cada caso, breve sumario del acto de agregación y desglose autorizado con constancia de fecha, firma y sello del profesional actuante.

ARTICULO 17. — Unicidad. La historia clínica tiene carácter único dentro de cada establecimiento asistencial público o privado, y debe identificar al paciente por medio de una “clave uniforme”, la que deberá ser comunicada al mismo.

ARTICULO 18. — Inviolabilidad. Depositarios. La historia clínica es inviolable. Los establecimientos asistenciales públicos o privados y los profesionales de la salud, en su calidad de titulares de consultorios privados, tienen a su cargo su guarda y custodia, asumiendo el carácter de depositarios de aquélla, y debiendo instrumentar los medios y recursos necesarios a fin de evitar el acceso a la información contenida en ella por personas no autorizadas. A los depositarios les son extensivas y aplicables las disposiciones que en materia contractual se establecen en el Libro II, Sección III, del Título XV del Código Civil, “Del depósito”, y normas concordantes.
La obligación impuesta en el párrafo precedente debe regir durante el plazo mínimo de DIEZ (10) años de prescripción liberatoria de la responsabilidad contractual. Dicho plazo se computa desde la última actuación registrada en la historia clínica y vencido el mismo, el depositario dispondrá de la misma en el modo y forma que determine la reglamentació n.

ARTICULO 19. — Legitimación. Establécese que se encuentran legitimados para solicitar la historia clínica:

a) El paciente y su representante legal;
b) El cónyuge o la persona que conviva con el paciente en unión de hecho, sea o no de distinto sexo según acreditación que determine la reglamentació n y los herederos forzosos, en su caso, con la autorización del paciente, salvo que éste se encuentre imposibilitado de darla;
c) Los médicos, y otros profesionales del arte de curar, cuando cuenten con expresa autorización del paciente o de su representante legal.

A dichos fines, el depositario deberá disponer de un ejemplar del expediente médico con carácter de copia de resguardo, revistiendo dicha copia todas las formalidades y garantías que las debidas al original.

Asimismo podrán entregarse, cuando corresponda, copias certificadas por autoridad sanitaria respectiva del expediente médico, dejando constancia de la persona que efectúa la diligencia, consignando sus datos, motivos y demás consideraciones que resulten menester.

ARTICULO 20. — Negativa. Acción. Todo sujeto legitimado en los términos del artículo 19 de la presente ley, frente a la negativa, demora o silencio del responsable que tiene a su cargo la guarda de la historia clínica, dispondrá del ejercicio de la acción directa de “habeas data” a fin de asegurar el acceso y obtención de aquélla. A dicha acción se le imprimirá el modo de proceso que en cada jurisdicción resulte más apto y rápido.
En jurisdicción nacional, esta acción quedará exenta de gastos de justicia.

ARTICULO 21. — Sanciones. Sin perjuicio de la responsabilidad penal o civil que pudiere corresponder, los incumplimientos de las obligaciones emergentes de la presente ley por parte de los profesionales y responsables de los establecimientos asistenciales constituirán falta grave, siendo pasibles en la jurisdicción nacional de las sanciones previstas en el título VIII de la Ley 17.132 —Régimen Legal del Ejercicio de la Medicina, Odontología y Actividades Auxiliares de las mismas— y, en las jurisdicciones locales, serán pasibles de las sanciones de similar tenor que se correspondan con el régimen legal del ejercicio de la medicina que rija en cada una de ellas.

Capítulo V. DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 22. — Autoridad de aplicación nacional y local. Es autoridad de aplicación de la presente ley en la jurisdicción nacional, el Ministerio de Salud de la Nación, y en cada una de las jurisdicciones provinciales y Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la máxima autoridad sanitaria local.

Invítase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a adherir a la presente ley en lo que es materia del régimen de sanciones y del beneficio de gratuidad en materia de acceso a la justicia.

ARTICULO 23. — Vigencia. La presente ley es de orden público, y entrará en vigencia a partir de los NOVENTA (90) días de la fecha de su publicación.

ARTICULO 24. — Reglamentación. El Poder Ejecutivo debe reglamentar la presente ley dentro de los NOVENTA (90) días contados a partir de su publicación.

ARTICULO 25. — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE.

— REGISTRADA BAJO EL Nº 26.529

— JULIO C. C. COBOS. — EDUARDO A. FELLNER. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada

martes, 8 de diciembre de 2009

Parto Respetado en "Tratame Bien" (Canal 13, los miércoles a las 23hs.)

El miércoles 9 de diciembre, se verá en un nuevo capítulo de "Tratame Bien" (Canal 13, los miércoles a las 23), el parto hogareño de Helena (María Alche), la hija de Cecilia Roth y Julio Chavez. La situación contó con el asesoramiento de la ONG "Dando a Luz", que brinda información y capacitación sobre los derechos de madres y niños durante el embarazo, parto y nacimiento.

"Dando a Luz" mantiene encuentros informativos los segundos miércoles de cada mes.

Este mismo día se hará el cierre del año, con reuniones simultáneas en distintos puntos de la Capital Federal y Gran Buenos Aires, a partir de las 19 horas, con entrada libre y gratuita.

Algunos de los puntos de encuentro son

New mamis (French 2657)
Casa madre (Bogotá 302)
Proyecto Mamá (Albarellos 2039, 1º P, Martinez)
Naciendo al Sur (Uspallata 919 2 B )

Para más información: dandoaluz-argentina.blogspot.com
info@dandoaluz.net
cel:15 5123 3098

martes, 1 de diciembre de 2009

Los regalos de Navidad

Las ilusiones alrededor de las Navidades de nuestra infancia duraban un año entero. Escribíamos nuestras cartas con esmero, esperando que ese ser mágico vestido de rojo atienda nuestros anhelos. A veces redactábamos “que mi madre no sufra más”, “por favor, que mi padre deje la bebida” y también “quisiera un hermoso vestido”. Claro que había pedidos de regalos costosos, imposibles de ser adquiridos por personas de carne y hueso como los padres de uno. Por eso el pedido era fascinante. Si por casualidad se cumplía, era por gracia de un ser superior.

Más allá del sentido religioso que podía tener para las personas mayores, la Navidad era una fiesta para los niños, porque el mundo brillaba como en un cuento de hadas. Era el momento de cumplir algún sueño y hasta teníamos la fantasía de que todos éramos un poco más buenos. La alegría era inmensa al recibir finalmente un regalo. Uno. Inolvidable.

Hoy la magia tiene más relación con Internet que con descubrir a Papá Noel. Los hechizos duran apenas unos segundos apabullados por la publicidad. El consumo desenfrenado nos induce a comprar y comprar y comprar regalos costosos. Regalos para los niños, para los grandes, para los vecinos, los sobrinos, los nietos, las nueras y los yernos. Usamos nuestras tarjetas de crédito hasta el límite del hartazgo para juguetes, ropas, zapatos, electrónica, o vacaciones.

Posiblemente cuando nuestros hijos sean mayores, no recuerden nada especial en relación a las Noches Buenas. Hoy se convirtieron en cenas fastuosas a las cuales arribamos agotados, tras recorrer centros comerciales, endeudados y a disgusto. Es posible que algo de toda esta vorágine nos deje una sensación de sin sentido cuando se supone que debería ser una época de reflexión y encuentro.

Quizás sea la ocasión perfecta para hacer pequeños movimientos que nos satisfagan más y que llenen de sentido esa noche tan especial. Tal vez podamos instalar cierta intimidad, reunirnos con pocas personas muy allegadas y regalar a cada uno un escrito colmado de agradecimientos. Y para los niños, claro que habrá algo fuera de lo común, algo soñado, esperado, imaginado y en lo posible no muy caro. Los niños tienen derecho a recibir unas palabras que nombren lo orgullosos que sus padres están de ellos y una hermosa carta escrita por Papá Noel felicitándolos por sus virtudes, firmada con letra dorada.

La Navidad puede volver a ser mágica. Todos nosotros estamos en condiciones de ofrecer a los niños pequeños una noche especial, llena de sorpresas y de encanto. Es una sola noche al año. Todas las demás estamos cansados, hartos de nuestras rutinas. Y ese fastidio cotidiano, no hay juguete que lo transforme. Aprovechemos el confort que hemos adquirido, pero agreguemos nuestros recursos emocionales. Un poco de calma, buena música y disponibilidad afectiva, son regalos insuperables.


Laura Gutman

Las Leches Vegetales!


''Las leches vegetales, un nuevo horizonte nutricional'' de Natalia Fernández Scosería es una guía práctica para descubrir los beneficios de incorporar nutrientes vegetales poco utilizados en la alimentación actual, que pueden reemplazar y hasta superar las propiedades de la leche vacuna. ''Con este libro se caen los mitos: los lácteos sí son reemplazables y no fundamentales para el buen desarrollo y crecimiento de un/a niño/a. Más aún si se tiene en cuenta que la leche es uno de los productos más modificados por la industria'' cuenta la autora de la obra. Ofrecemos a l@s lector@s un adelanto del libro.


El propósito de esta investigación acerca de las leches vegetales surgió como consecuencia de mi experiencia como madre de una niña con eczema. Desde su nacimiento traté de ser cuidadosa con la lactancia materna, exclusiva hasta los 6 meses, y el suministro regulado de leche de vaca, diluida, o mezclada con tisanas. A partir de los 10 meses comencé a darle biberones de leche de vaca entera, como complemento de la lactancia materna y las papillas.

Suspendí el amamantamiento a los 13 meses, y se puso en evidencia la herencia familiar con toda su potencia. Luego de mi desesperación y culpa (y sé que al decir ''culpa'' la mayor parte de madres que lean esto sabrán de este sentimiento) comencé a recordar que yo también fui alérgica a la leche durante la infancia. Durante la adolescencia construí mis bases naturistas, y años mas tarde a través de un amigo mexicano especializado en herbolaria conocí las leches vegetales. Esto abrió para mí un nuevo horizonte en la alimentación de mi hija, la mía y la de muchos niños y adultos que puedan padecer alergias o no. Ofreciendo un sustituto inofensivo alergénicamente, con mayor potencial en nutrientes y aceites vegetales de alta calidad, que en casos de eczema colaboran con la reconstitución capilar y cutánea, y aportan al régimen alimentario vitaminas en estado natural esenciales para el crecimiento saludable de nuestros hijos.

Aunque la denominación ``leche`` es propia del primer alimento de los mamíferos, las leches vegetales son otra grandeza de la naturaleza que se extraen de frutos secos tales como las almendras, nueces, algunos cereales y leguminosas, que también poseen el color blanco de la leche animal, y cantidad de beneficios extra. Además de ser mas fáciles de digerir, están exentas de antibióticos y hormonas, colesterol, lactosa (azúcar de la leche), contaminación bacteriana o viral, no es proteína animal (para aquellos que deseen recorrer un sendero hacia el vegetarianismo), y no son alergénicas, salvo la leche de soja que merecerá una sección aparte, por su popularidad y por la falta de información acerca de ella.

Son de fácil utilización, ya que pueden ingerirse solas, mezcladas o combinadas, en preparaciones culinarias, con cereales o para cortar tisanas y ser calentadas sin inconvenientes.

La televisión y los medios populares de información sostienen que la leche de vaca es fundamental para la buena salud, crecimiento de los niños, y la prevención de enfermedades como la osteoporosis. Con esta investigación se busca fundamentar que hay otras opciones muy positivas, y menos nocivas lejos de esta fuerte cultura láctea.

Los seres humanos somos los únicos mamíferos seguimos consumiendo leche durante toda la vida, cuando la mayoría, solo lo hace hasta alcanzar el peso adulto, o bien hasta el completo desarrollo motriz que le permita conseguir el alimento por propio mérito.

El alimento perfecto de los bebés humanos es la leche materna, y la leche de vaca esta creada para criar terneros fuertes. Si bien se consume desde milenios atrás, incluso con propiedades medicinales como fiebres y afecciones de garganta (mezclada con miel y otros ingredientes) o antídoto para envenenamiento, su uso no es indispensable ni irremplazable a pesar de la necesidad de consumo creada por las grandes industrias.

Hoy la leche de vaca es el alimento mas intervenido por la mano del hombre que existe.
En algunos países del mundo las leches vegetales se comercializan en tetrapack, en polvo o en base cremosa para diluir, de fácil adquisición en supermercados y dietéticas como nosotros conocemos las bebidas comerciales de soja, o bien en lugares de comidas, como en España que se vende “Horchata” que es una bebida vegetal extraída de un fruto llamado chufa, muy difundido comercialmente y de agradable sabor.

En el ámbito industrial se esta experimentando la combinación de diversos ingredientes, así que tal vez en breve las veamos en las góndolas de los supermercados, pero de igual manera me parece muy valioso que sean las madres quienes preparen los alimentos que ingieren sus hijos. Para la antroposofía, la metafísica y otras disciplinas espirituales la cocina, es el laboratorio alquímico de la mujer, donde ofrecemos en nuestras comidas bendiciones y deseos para nuestra familia, por eso es muy importante estar presente en lo que uno esta haciendo “aquí y ahora”, depositando nuestros mejores pensamientos en ello; para una madre preparar la leche de su hijo sigue teniendo un valor espiritual y energético mas positivo aún, que la leche en sí misma.
Si bien hay madres que trabajan la mayor parte del día, verán que estos procedimientos son muy sencillos y no les demandaran un gran cambio en su rutina diaria. En Internet se comercializa la máquina para elaborar leche de soja, y la de leches vegetales, así como se venden en las cadenas comerciales de electrodomésticos la maquina de hacer pan. Con mas frecuencia el entorno y el devenir de la civilización elige ser el artífice y responsable de lo que introducimos en nuestro organismo, y la tecnología nos inventa maquinas y aparatos que facilitan nuestra tarea empleando menos tiempo. Pero en cuanto a nosotros, en este momento y en este país, el mundo de las leches vegetales quedara reducido a una licuadora, un poco de agua y un puñado de semillas.


Conclusión

Empezar a creer y sobretodo utilizar las leches vegetales nos conduce sin escalas a un cambio de conciencia y una leve (o fuerte) ruptura con esta ``cultura láctea`` que nos venden por televisión de la que hablamos al principio. Y que nos sugiere subliminalmente que es imposible llevar una vida sana, equilibrada (y feliz) sin lácteos, (con el aporte de otros alimentos). Y usted dirá, ''Sí, muy lindo pero ahora debo ocupar mas tiempo de mi vida en realizar estas leches'', a lo que le contesto, que la elaboración de estas leches no supera los 10 minutos, que son los mismos que pierde en la góndola de los lácteos eligiendo, en la caja del supermercado o en la fila del mercadito del barrio.
En niñ@s mas grandes, mas difíciles de persuadir, que interactúan activamente con la programación televisiva muy astutamente dirigida a ellos, tal vez lleve mas tiempo y dedicación obtener la formula exacta, que se adecue a sus gustos ya exigentes y mal acostumbrados a sabores y colores artificiales. Pero su valor nutritivo en el crecimiento, incluso en la buena salud de los adultos, es muy valioso como para pasarlos por alto y no intentar ponerlos en práctica.
Escuchar a nuestro cuerpo y observarnos es una obligación que tenemos en esta vida.
''La máquina'' que Dios nos prestó (cualquiera sea la forma en que lo conciban) es única, es nuestro templo personal hasta el fin de nuestro días, y de nosotros depende como la llevemos de ancianos, ni hablar de la responsabilidad sobre nuestros hijos.
El consejo de nuestro pediatra o médic@ de cabecera, cumple un papel fundamental y puede ayudarnos a discernir cual de estas u otras opciones se acerca mas a nuestras necesidades personales y requerimientos mas específicos.
Hay algo para cada uno de nosotros esperando ser descubierto alguna vez.
Feliz de haber cumplido con esta misión de difundir este material que yo no inventé, sino que simplemente recopilé y ordené, el legado de nuestros ancestros y la riqueza infinita e incondicional de la ''madre tierra''.

Puntos de venta:

- La Esquina de las Flores, Palermo;
- ''Terapeutikum San Rafael'' en Núñez;
- Farmacias Weleda de Recoleta y Núñez.

Contacto de prensa: laslechesvegetales@gmail.com

Nota extraída de Artemisa Noticias. Link.
Debía esta info que me habían pedido hace tiempo.
Ahora, yo le pregunto a mis amigas, quienes muchas veces pasan por aquí sin dejar huellas: a quién le presté este libro?? Lo tengo perdido hace como un año o más... please... denme una señal! =) Gracias!